¿Puedo pagarle a mi amigo un interés que él pagó por mi?

PREGUNTA:

Un buen amigo mio me prestó plata de su linea de crédito, y ahora tiene que pagar intereses de esa cantidad. ¿Puedo pagarle por esos intereses que él mismo le va a pagar al banco, o está prohibido pagarle más de la cantidad que el me prestó? Si es así, ¿hay alguna solución para que pueda pagar ese interés?

RESPUESTA:

De acuerdo a la ley de la Torá, no se debe pagar interés en un préstamo entre dos Judíos. Está, sin embargo, permitido pagar intereses o recibir interés de un no judío, o a un banco o tarjeta de crédito de un no judío. No hay nada de malo en cargar intereses, es algo aceptado en todas las sociedades. Sin embargo, debemos tratar a los Judíos como miembros de la familia, y entre hermanos no se cargan intereses.

En una instancia como la cual tu me describes, a pesar de que entiendo que te debes sentir mal al saber que tu amigo está pagando intereses al prestarte dinero, tu no tienes permitido pagarle ningún interés.

Tu no le debes plata a su banco, le debes la plata a él. Él te prestó el dinero, y pagarle más de lo que te prestó está prohibido.

Hay una solución que se puede hacer ANTES de tomar el préstamo llamado “Heter Iska”. La idea detrás de esto es que, en vez de pedir por un préstamo personal, el prestamista y el prestatario firman un acuerdo de negocios cuyos beneficios serán compartidos. Tu Rabino debe tener un formulario de Heter Iska que tiene que ser llenado por ambas partes.

Mientras que lo antes mencionado es la regla Halájica en tales casos, siempre debes consultarle a tu Rabino.

Rabino Eliezer Danzinger de Chabad.org

Entradas recomendadas