
La Parashá en profundidad
De las palabras del Rebe
Mishpatim, describe las cuatro categorías de tutela:
Un guardián no remunerado: quien actúa como fideicomisario de la propiedad de otra persona sin recibir pago alguno; un guardián remunerado: quien recibe una remuneración por su tutela; quien “alquila” el uso de las posesiones de otra persona; y un prestatario: quien usa las pertenencias de otra persona sin pagar por el privilegio.
El Sabio del siglo XVII, conocido como el “Shalo”, explicó que estas cuatro categorías de tutela corresponden a los cuatro tipos diferentes de judíos que sirven a Di‐s, ya que todo judío tiene la responsabilidad de “custodiar” el universo de Di‐s mediante la observancia de la Torá y las Mitzvot.
El primer y más alto nivel de esta responsabilidad es el “guardián no remunerado”.
Este se refiere a una persona cuyo enfoque se centra exclusivamente en la custodia de la propiedad del propietario, sin considerar su propio beneficio. Una persona en esta categoría sirve a Di‐s con la mayor dedicación y devoción, pues su único objetivo es servir a su Señor, sin importar la recompensa que sus acciones traerán. Maimónides se refiere a este tipo de persona como “alguien que sirve a Di‐s por amor… y no por ninguna otra consideración… no para obtener beneficios, sino alguien que hace lo verdadero porque es verdadero”.
El segundo nivel de custodia es el “guardián pagado”. Esta persona también se dedica a salvaguardar las posesiones del propietario, pero espera ser recompensada por su labor. Esta categoría se refiere al judío que sirve a Di‐s con genuina vitalidad y entusiasmo, al mismo tiempo que espera ser recompensado por su observancia de la Torá y las Mitzvot.
El tercer nivel de custodia es quien paga por el uso de la propiedad del propietario.
Para esta persona, el disfrute que obtiene del objeto es su principal objetivo, pero se siente obligado a recompensar al propietario por concederle ese privilegio. En sentido espiritual, esto se refiere a una persona cuyo principal deseo es disfrutar de los placeres de este mundo, consciente de que es Di‐s quien se lo permite. Este tipo de judío sirve a Di‐s únicamente por obligación y deber.
El nivel más bajo de tutela es el del “prestatario”. Esta persona solo se interesa en su propia gratificación y ni siquiera siente la necesidad de compensar a quien le ha prestado el objeto. En términos de nuestro servicio a Di‐s, esto se refiere a quien se deleita en los placeres de este mundo sin siquiera pensar en “pagar” a Di‐s por su beneficencia.
Sin embargo, incluso el “prestatario” es considerado un guardián, pues él también observa la Torá y las Mitzvot, aunque sin percibir la conexión entre su servicio a Di‐s y la bendición que recibe de lo Alto.
Esta persona está convencida de que toda la bondad y la abundancia de su vida le han sido otorgadas porque las merece.
¿Qué sentido tiene una mitzvá realizada por consideraciones personales?
Nuestros Sabios explican: «Una persona debe siempre dedicarse a la observancia de la Torá y las Mitzvot, incluso cuando no sea por sí misma». Porque se nos asegura que, de las consideraciones erróneas, se llegará a observar por las razones correctas. A todo judío se le promete que, finalmente, perfeccionará su servicio a Di‐s, alcanzando el nivel del «guardián no remunerado».
Adaptado de Likutei Sijot del Rebe, Vol. 31


