Sobre juicios y leyes

Mishpatim comienza con leyes que regulan apreciar la importancia vital de las relaciones humanas individuales y sociales. Sin embargo, esta sección sigue a la de Itró, donde se enfatizan las obligaciones del hombre hacia Di-s. El último capítulo de Itró que es el que precede y está unido a Mishpatim, trata las leyes del Altar.

Nuestros Sabios se preguntan con respecto a esta secuencia: ¿Qué relación tiene la sección de Mishpatim con las leyes del Altar?

La respuesta es: para enseñarnos que el Sanhedrín (la Corte de Jueces), debe estar cerca del Altar, símbolo de la obligación del hombre hacia Di-s. Esto señala que en el área de las relaciones humanas, tanto a nivel individual como intergrupal, es inútil apoyarse enteramente en sentimientos “intuitivos” de igualdad y justicia, tal como muchas experiencias amargas lo han demostrado.

Entonces, ¿qué sistema de moralidad puede sobrevivir en la coexistencia cotidiana de grupos e individuos? Sólo un sistema de ética y justicia cuyas leyes deriven su autoridad de una fuente Superior, del Creador del universo y del hombre. Ya que sólo el Creador conoce plenamente la naturaleza humana, con todas sus debilidades, tan sólo el Creador puede prescribir leyes verdaderas, éticas y moralmente perdurables, tanto para el individuo como para la sociedad en general.

Sólo las leyes que sustenten su veracidad y autoridad en el Ser Supremo, son válidas para todos, eternamente, sin variar con el tiempo y con el lugar.

A la luz de lo anterior se puede apreciar la importancia vital de la educación judía genera y de la Yeshiva y de la escuela judía en particular.

Lejanos son los días en que se creía que la educación en la Ieshivá era necesaria tan solo para la preparación de Rabinos o Shojatim (matarifes), pero no para las personas comunes.

Hoy, en nuestra sociedad, es muy claro que la enseñanza de la Torá en una Ieshivá, donde hay una atmósfera de reverencia y amor a Di-s, es indispensable para que cada niño y niña judíos, se desarrollen como buenos judíos cumpliendo sus obligaciones hacia Di-s y entonces comprenderemos”!

Una Orden General Desde que los judíos dejaron Egipto, fueron llamados “El ejército de Di-s”. Una persona que cumple el servicio militar, comprende inmediatamente que al recibir una orden de un oficial superior, no puede demorar su ejecución hasta el momento en que pueda analizarla y ver si está de acuerdo, es- pecialmente si la orden viene de un alto mandatario, ya que tal demora puede poner en peligro a todo el ejército. En verdad, una orden de Divina no debe estar en un nivel inferior. Ningún judío puede demorar el cumplimiento de una orden de Di-s hasta que tenga tiempo de estudiarla y aprobarla. Es por esa razón que la Torá fue recibida con la declaración unánime de todo nuestro pueblo: ¡“Naasé ve nishmá!, ¡cumpliremos y escucharemos!.

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