Ley de condonación de deudas y pruzbul

Cuando es un año de Shemitá.

Está escrito en la Torá: (Devarim 15:1-3): 

“Al final de cada siete años deberás instituir un indulto. El indulto consistirá en lo siguiente: todo acreedor remitirá su autoridad (respecto de la deuda) que le haya prestado a su prójimo. No deberá presionar a su prójimo o a su hermano (el pago de la deuda) pues El proclama (en ese 7º año) una condonación (de deudas) en honor a Hashem. Podrás cobrarle a un no judío, pero deberás renunciar a cobrar la deuda que tu hermano te deba”

Escribió el Rambam (en Hiljot Shemitá y Iovel Cáp. 9).

Es un precepto obligatorio condonar (perdonar) las deudas en el 7º año, porque está escrito “todo acreedor remitirá su autoridad (respecto de la deuda)”, y el que reclama una deuda luego del 7º año, transgrede una prohibición de la Torá. Como está escrito: “No deberá presionar a su prójimo o a su hermano (el pago de la deuda)”.

Todas estas leyes se aplican también en la diáspora.

Pero quien entrega sus documentos a la Corte Rabínica y les dice: “cobren Uds. mi deuda”, ésta no se condona, porque está dicho: “pero deberás renunciar a cobrar la deuda que tu hermano te deba” la Torá especifica “a tu hermano” lo que excluye al tribunal Rabínico que es una institución. Y será entonces el Bet Din (tribunal) quien reclame la deuda.

Cuando Hilel el anciano (Sabio) vio que los judíos se abstenían de prestar los unos a los otros, y transgredían lo que está escrito en la Torá (Devarim 15:9): “Cuídate de que no haya en tu corazón algo negativo que diga: se acerca el 7º año, del indulto de deudas, y entonces mires con malicia a tu hermano menesteroso y no le prestes. El apelará ante Hashem contra ti, y será una transgresión en tu contra”. Estableció entonces el Pruzbul, para que no condonen las deudas y la gente no tema prestar.

Está escrito en el Shuljan Aruj Harav, leyes de préstamo 34, que no es requisito indispensable la entrega de los documentos al Tribunal sino que alcanza con declarar delante de ellos antes de la año de Shemitá: “He aquí que les entrego a Uds. mi deuda, que la cobraré cada vez que quiera”

¿Y cómo se realiza el acto del Pruzbul?

Solicita delante de tres hombres aptos para juzgar, que sean los jueces para realizar el Pruzbul:

Texto del Pruzbul:

“He aquí que les entrego todas las deudas que tengo a mi favor para (que ustedes me designen) cobrarlas cuando así yo lo desee”

Por el Rab. Iosef  Feigelstock

¿Las leyes judías limitan el goce de la vida?

El judaísmo tiene por objeto eliminar el malestar de la decadencia al eliminar la decadencia misma. Una persona puede permanecer espiritual y moralmente pura únicamente si se limita en sus actividades. Por esta razón el judaísmo exige del judío que se limite en su dieta, en su modo de vestir, en sus acciones en Shabat y las festividades, en sus relaciones con el sexo opuesto y en su tendencia a privar a los demás de sus derechos. 

Todo esto no tiene por objeto hacer miserable al hombre sino elevar su felicidad a un plano más alto. Una relación sincera y profunda con el cónyuge entraña mayor júbilo que un encuentro casual. Una experiencia de Shabat produce mayor ardor espiritual que entregarse a los estupefacientes.

Algunas personas tal vez sostengan que la libertad absoluta es absolutamente necesaria. 

Esto podría parecer correcto en teoría pero en la práctica no es viable.

La libertad absoluta permite que todos satisfagan sus propios objetivos personales aunque ello signifique pisotear los derechos de los demás.

La libertad absoluta puede traer aparejadas olas de asesinatos, robos y violaciones —familias que se desintegran y sociedades que se derrumban—. La libertad absoluta permite a una persona destruir su cuerpo excediéndose con la comida y los estupefacientes.

Es evidente que se requieren algunas restricciones por el propio bien del hombre. El judaísmo limita los impulsos dañinos del hombre para permitir que surja su naturaleza noble.

Sin embargo, no debe cometerse el error de pensar que el judaísmo favorece el ascetismo, o las privaciones por simple amor a las privaciones. De hecho, el judaísmo rechaza la idea de que el hombre existe para sufrir sobre la Tierra, y de que debe privarse de todo placer. Por el contrario, el judaísmo cree que los placeres del mundo fueron creados para que el hombre los disfrute, y que cuando se rechazan todos estos placeres, se rechaza la bondad Divina. 

Por ello el judaísmo estimula a sus miembros a celebrar jubilosamente muchas festividades, con banquetes y cánticos. Aconseja a sus miembros vestirse bien, comer comidas nutritivas y vivir cómodamente. Alienta a sus fieles a no alejarse del mundo sino a participar en él, a contraer matrimonio y a tener hijos (una exhortación que también aplica a sus sacerdotes: los Kohanim). “lvdu Et Hashem B’Simjá”: —Sirve a Di-s con júbilo—, es una premisa básica del judaísmo. Todo aquél que haya participado en una celebración de Purim, una boda judía, un farbrengen (celebración jasídica) o una reunión “leshivishe” conoce la dicha que pueden experimentar los judíos. Las canciones, el humor y la cocina judías son bien conocidos y disfrutados, aún por los no judíos. De hecho, los judíos religiosos participan en casi todos los aspectos de la vida actual. Sin embargo, siempre evitan la degradación, y recuerdan que su tarea en la vida es mantener la chispa de santidad que Di-s les dio.

En tanto que el judaísmo permite a los judíos gozar de las alegrías de la vida, advierte que no ha de caerse en el hedonismo ni el materialismo. Se recuerda a los judíos que no se hallan sobre esta Tierra únicamente para gozar de placeres y bienes. De hecho, la presión por adquirir riquezas materiales, luchar por tener tanto o más que los vecinos ricos, y proteger las riquezas de manos de los ladrones o del recaudador de impuestos basta para hacer que el más tranquilo de los hombres contraiga úlcera. Si bien es cierto que el poseer bienes costosos, o entregarse a la bebida, a los estupefacientes, o al libertinaje, podría causar un breve placer, esta sería una felicidad superficial y pasajera. ¿Qué queda cuando se desvanece ese momento de placer? ¿Qué queda cuando se ha llegado a la adultez y se está exhausto? ¿Qué queda cuando se muere?

¿Cómo pueden unos pocos momentos de júbilo compensar el terror de procurar desesperadamente satisfacer la necesidad de entregarse a los estupefacientes, de ansiar febrilmente la bebida o de enfrentarse con la muerte y temer lo peor en el Mundo por Venir?

Lo que el judaísmo estimule es llevar una vida equilibrada. No privarse de los placeres del mundo, pero mantenerse dentro de límites razonables, sin perder el dominio de sí mismo. Estimule el goce de las comidas y las celebraciones, mas sin atiborrarse. Alienta el logro de la felicidad perdurable que caracteriza a una familia estable, un estilo de vida sin presiones y una constante devoción a Di-s. Nos alienta a experimentar la satisfacción de ser miembros plenos del pueblo judío, y de saber quiénes somos y de quienes podemos depender si necesitáramos ayuda. Nos permite gozar de la paz espiritual que acompaña la toma de conciencia de que éste es un mundo pasajero, y de que las recompensas han de hallaras en el Mundo por Venir.

Tal es la existencia ideal. Sólo puede lograrse, en el marco estructurado y restrictivo de las leyes de la Torá.

¿Puedo pagarle a mi amigo un interés que él pagó por mi?

PREGUNTA:

Un buen amigo mio me prestó plata de su linea de crédito, y ahora tiene que pagar intereses de esa cantidad. ¿Puedo pagarle por esos intereses que él mismo le va a pagar al banco, o está prohibido pagarle más de la cantidad que el me prestó? Si es así, ¿hay alguna solución para que pueda pagar ese interés?

RESPUESTA:

De acuerdo a la ley de la Torá, no se debe pagar interés en un préstamo entre dos Judíos. Está, sin embargo, permitido pagar intereses o recibir interés de un no judío, o a un banco o tarjeta de crédito de un no judío. No hay nada de malo en cargar intereses, es algo aceptado en todas las sociedades. Sin embargo, debemos tratar a los Judíos como miembros de la familia, y entre hermanos no se cargan intereses.

En una instancia como la cual tu me describes, a pesar de que entiendo que te debes sentir mal al saber que tu amigo está pagando intereses al prestarte dinero, tu no tienes permitido pagarle ningún interés.

Tu no le debes plata a su banco, le debes la plata a él. Él te prestó el dinero, y pagarle más de lo que te prestó está prohibido.

Hay una solución que se puede hacer ANTES de tomar el préstamo llamado “Heter Iska”. La idea detrás de esto es que, en vez de pedir por un préstamo personal, el prestamista y el prestatario firman un acuerdo de negocios cuyos beneficios serán compartidos. Tu Rabino debe tener un formulario de Heter Iska que tiene que ser llenado por ambas partes.

Mientras que lo antes mencionado es la regla Halájica en tales casos, siempre debes consultarle a tu Rabino.

Rabino Eliezer Danzinger de Chabad.org

¿La Torá permite cobrar intereses?

La respuesta es: depende.

Está escrito en la Torá (Shemot 22:24) “Cuando prestes plata a mi pueblo… no pondrás sobre él intereses” (Vaikrá 25:36) “No tomarás de él intereses” (Devarim 23:20) “No cobrarás intereses a tu hermano”. En un préstamo con intereses transgrede tanto el que presta como el que toma prestado. Así también todos aquellos que participan, por ejemplo, quien conectó al acreedor con el deudor. El escribano y los testigos (de haber) como así también, los garantes.

A la hora de hacer las compras debemos prestar atención a ciertas operaciones que se producen cotidianamente pero que no están permitidas, por ejemplo: si el vendedor nos ofrece el pago del producto a un precio en efectivo y recarga a plazo. Este recargo es interés y está prohibido.

En el caso de pagos con cheques, el cobrar del cliente los gastos del impuesto al cheque, está permitidos. El motivo es que no estamos pagando por la extensión del plazo de tiempo sino porque estamos pagando con un valor (el cheque) que no completa el pago, por causa de los impuestos que le quitan valor nominal.

También están prohibidos los intereses adelantados y los atrasados. Un ejemplo de interés adelantado seríia: El Sr. “A” quiere solicitar un crédito del Sr. “B” para ello le manda un regalo especial y luego le pide el préstamo. El caso de interés atrasado seríia: una vez pagada la deuda, el deudor le manda un lindo regalo al acreedor, en agradecimiento.

En la mencionada prohibición, la Torá nos prohíbe los préstamos entre hermanos de Su pueblo, lo que no incluye los préstamos que toma o da a quien no es miembro del mismo pueblo.

En el próximo número veremos que existe una forma permitida para realizar estas operaciones.

por el Rab. Iosef  Feigelstock

Sobre juicios y leyes

Mishpatim comienza con leyes que regulan apreciar la importancia vital de las relaciones humanas individuales y sociales. Sin embargo, esta sección sigue a la de Itró, donde se enfatizan las obligaciones del hombre hacia Di-s. El último capítulo de Itró que es el que precede y está unido a Mishpatim, trata las leyes del Altar.

Nuestros Sabios se preguntan con respecto a esta secuencia: ¿Qué relación tiene la sección de Mishpatim con las leyes del Altar?

La respuesta es: para enseñarnos que el Sanhedrín (la Corte de Jueces), debe estar cerca del Altar, símbolo de la obligación del hombre hacia Di-s. Esto señala que en el área de las relaciones humanas, tanto a nivel individual como intergrupal, es inútil apoyarse enteramente en sentimientos “intuitivos” de igualdad y justicia, tal como muchas experiencias amargas lo han demostrado.

Entonces, ¿qué sistema de moralidad puede sobrevivir en la coexistencia cotidiana de grupos e individuos? Sólo un sistema de ética y justicia cuyas leyes deriven su autoridad de una fuente Superior, del Creador del universo y del hombre. Ya que sólo el Creador conoce plenamente la naturaleza humana, con todas sus debilidades, tan sólo el Creador puede prescribir leyes verdaderas, éticas y moralmente perdurables, tanto para el individuo como para la sociedad en general.

Sólo las leyes que sustenten su veracidad y autoridad en el Ser Supremo, son válidas para todos, eternamente, sin variar con el tiempo y con el lugar.

A la luz de lo anterior se puede apreciar la importancia vital de la educación judía genera y de la Yeshiva y de la escuela judía en particular.

Lejanos son los días en que se creía que la educación en la Ieshivá era necesaria tan solo para la preparación de Rabinos o Shojatim (matarifes), pero no para las personas comunes.

Hoy, en nuestra sociedad, es muy claro que la enseñanza de la Torá en una Ieshivá, donde hay una atmósfera de reverencia y amor a Di-s, es indispensable para que cada niño y niña judíos, se desarrollen como buenos judíos cumpliendo sus obligaciones hacia Di-s y entonces comprenderemos”!

Una Orden General Desde que los judíos dejaron Egipto, fueron llamados “El ejército de Di-s”. Una persona que cumple el servicio militar, comprende inmediatamente que al recibir una orden de un oficial superior, no puede demorar su ejecución hasta el momento en que pueda analizarla y ver si está de acuerdo, es- pecialmente si la orden viene de un alto mandatario, ya que tal demora puede poner en peligro a todo el ejército. En verdad, una orden de Divina no debe estar en un nivel inferior. Ningún judío puede demorar el cumplimiento de una orden de Di-s hasta que tenga tiempo de estudiarla y aprobarla. Es por esa razón que la Torá fue recibida con la declaración unánime de todo nuestro pueblo: ¡“Naasé ve nishmá!, ¡cumpliremos y escucharemos!.

Todo lo que queres saber acerca de la profecía

¿Qué es un profeta?
Un profeta es un individuo que recibe un mensaje de Di-s para ser transmitido a la gente.
Maimónides lo cuenta como uno de los 13 fundamentos de la fe judía que “Di-s se comunica con el humano a través de la profecía”.

¿Qué hay en estos mensajes?

El propósito de los mensajes que se comunican a los profetas individuales no es revelar el propósito de la existencia o de legislar las leyes de la vida, ya que esto está contenido en la Torá y en sus 613 preceptos, aquellos que Di-s nos comunicó en el Monte Sinaí.

Una vez que Di-s transmitió el mensaje con la revelación en el Sinaí, en cierto sentido, Él nos lo dejó a nosotros para que lo estudiemos y lo expliquemos.

El Talmud incluso trae un caso en el que los Sabios de la Torá debatían un punto en la ley de la Torá y se oyó una Voz Celestial apoyando el punto de vista de la minoría; los Sabios no quedaron impresionados, y silenciaron a la Voz, citando la declaración propia de la Torá sobre ella misma “no está en los Cielos” (Deuteronomio 30:12).

El propósito de la profecía es corregir la dirección de la sociedad Judía, o la dirección de toda la sociedad.

A veces viene un profeta para predecir el futuro, cuando Di-s considera necesario que debemos saber qué sucederá para poder incentivarnos en nuestra misión de la vida. Otras veces viene, para hacernos acordar que estamos “aflojando el ritmo” de lo que Él espera de nosotros, y nos advierte sobre las consecuencias terribles que esto traerá si no recapacitamos.

A veces, Di-s usa a un profeta para enviar mensajes privados a un individuo (particularmente a un individuo cuyas acciones tienen un gran efecto, como por ejemplo un rey). Un profeta también puede transmitir una instrucción específica que no está contenida en la Torá como un mandamiento Divino “de una vez”, en tales casos, uno debe seguir las instrucciones incluso si van en contra del mandamiento universal de la Torá.

Una profecía, sin embargo, nunca contenderá una nueva Mitzvá, ni anulará una Mitzvá; un profeta que clama tal comunicación de Di-s, es pues, un falso profeta.

Por ello, Isaías fue enviado para describir la Era Mesiánica que es la culminación y la recompensa de nuestros esfuerzos.

Jeremías predijo la destrucción del Templo Sagrado. Ioná fue enviado a Ninvé para advertir a sus habitantes que la ciudad se destruirá a menos que ellos se arrepientan de sus caminos perversos. Samuel transmitió el mensaje Divinos al Rey Shaul para que batalle contra Amalek, y Elishá fue enviado para llevar a cabo el famoso desafío de los dos novillos en el Monte Carmel (incluso que esto implicó violar temporalmente la prohibición de la Torá de ofrecer sacrificios fuera del Templo Sagrado). Pero ningún profeta dijo alguna vez nada acerca que esto fuera producto de su propia mente. Hablaron y actuaron únicamente por mandato Divino.

 

¿Cómo se convierte uno en profeta?

Primero, uno debe ser meritorio. Maimónides trae la siguiente lista: uno debe ser sabio, tener una mente lúcida y clara; ser de carácter impecable, y estar en absoluto control de las pasiones y deseos de uno; ser de constitución alegre y tranquila; huir de la materialidad y de las frivolidades de la vida y dedicarse completamente al conocimiento y servicio de Di-s.

Todo esto, sin embargo, no trae la profecía, sólo hace que uno sea meritorio de recibirla. 

La recepción misma de la profecía viene de Arriba, por elección Divina. Mientras que la “escuela de profecía” en el antiguo Israel entrenaba a los aspirantes de profetas para poder recibir la profecía, a través de extensa meditación y forma de vida rigurosamente espiritual, el alumno de profecía no puede causar que una profecía venga a él a través de acciones específicas. 

La profecía se manifiesta de manera súbita, sin señales de advertencia o preparación por parte del profeta. Lo que sucedió fue que Di-s eligió a una persona a quien hablarle y transmitirle mensajes, no al revés.

¿Cómo se verifica a los profetas?

Primero, la persona debe ser conocida como alguien que posee atributos superiores. 

Luego, si una persona de tal calibre anuncia que recibió una profecía, se asume que está diciendo la verdad. Pero la última prueba es la veracidad de sus profecías; si lo que dijo que sucedería sucedió, sabemos que es un profeta; de lo contrario, no lo es.

(Esto, sin embargo, se aplica solamente a la predicción de un evento positivo, siendo que una vez que una promesa Divina sobre un bien es comunicada a través de un profeta, ésta nunca es retractada; sin embargo, si un profeta advierte, en nombre de Di-s que una calamidad está destinada a suceder, y no ocurre, esto no desaprueba su profecía, siendo que un mal decreto puede ser anulado a través de la plegaria y el arrepentimiento. Por supuesto, predecir el futuro sin poseer los caracteres de un profeta, no lo hace a uno profeta)

¿Cómo se siente experimentar la profecía?

Al igual que una señal de transmisión de un alto nivel de watts en un instrumento de bajo nivel de watts, la profecía generalmente sobrecarga el equipo mental del receptor. 

La profecía frecuentemente causa desmayos, demencia temporaria, convulsiones o espasmos musculares involuntarios. Algunos profetas podían recibir la señal durmiendo, teniendo sueños súper enigmáticos, en forma de acertijos que debían decodificar al despertarse. 

Los profetas no tenían conversaciones verbales o mentales con Di-s. 

La única excepción fue Moshé, quien hablaba con Di-s “como un hombre habla con su amigo” (Éxodo 33:11).

¿Cuáles son las reglas primordiales de la profecía?
De los 613 mandamientos de la Torá, algunos pertenecen a las profecías. 

Éstos incluyen:

1. Obedecer las instrucciones del profeta

2. No dudar ni probar las promesas de Di-s o advertencias transmitidas por el profeta.

 

Y para el profeta:

3. Transmitir personalmente las instrucciones de Di-s.

4. No suprimir una profecía recibida (como intentó hacerlo Ioná).

5. No profetizar en nombre de otros dioses (incluso si el contenido es cierto)

¿Quiénes eran los profetas?

Hubo miles de profetas en la historia Judía. La gran mayoría, sin embargo, transmitieron mensajes que eran específicos al tiempo y a las circunstancias en las que se encontraban. Sus profecías, por ende, no fueron grabadas para más adelante, e incluso sus nombres nos son desconocidos. Muchos de estos profetas eran ciudadanos comunes (estudiantes, campesinos, artesanos), quienes por virtud de su justicia y sensibilidad por lo espiritualidad, fueron seleccionados para recibir una profecía Divina. A menudo no sabía qué les ocurría, y sólo luego se daban cuenta que habían recibido una profecía. Algunos, como Ioná, sí sabía de qué se trataba, y aún así intentó escaparse de ella.

 

El Talmud cuenta 55 profetas “históricos” cuyas profecías están grabadas en la Torá porque contienen un mensaje relevante para todas las generaciones. La mayoría eran figuras públicas que profetizaron frecuentemente y que se convirtieron en líderes de su gente. Esto incluye 15 profetas cuyas palabras fueron registradas en libros individuales que llevan sus nombres: Isaías, Jeremías, Ezequiel, y doce libros más cortos, incluyendo Amos, Hoshea, Najúm, y otros. Los otros 40, que pudieron no haber tenido profecías todo el tiempo, están mencionados en otros varios lugares en el Tanaj-Biblia- como Natán (en los Libros de Samuel), y Ido (Crónicas).

 

 

La profecía parece haber sido una experiencia para el público masculino mayoritariamente, 48 de los 55 profetas “históricos” fueron hombres, aunque no podemos saber si esto refleja la proporción de profetas y profetizas. Las siete profetizas más importantes fueron: Sara (Esposa de Abraham), Miriam (hermana de Moshé), Débora (la única mujer entre los Jueces), Jana (madre de Samuel), Abigail, Juldá y Ester (de la historia de Purim).

¿Existe la profecía hoy en día?

La era de la profecía oficialmente acabó hace unos 23 siglos. La última generación de profetas fue aquella que comenzó a profetizar antes que el Primer Templo Sagrado fuera destruido en el año 424 AEC, a pesar que un número de esa generación sobrevivió el exilio Babilónico que duró 70 años y vivió para ve la construcción del Segundo Templo. El más famoso, Ezequiel profetizó en Babilonia, y tres profetas Jagai, Zejaria y Malaji fueron miembros de la “Gran Asamblea”, que dirigió a la gente durante los primeros años luego de su regreso desde Babilonia. Mordejai y Ester también fueron miembros de la generación que sufrió la destrucción del Primer Templo y presenció la construcción del segundo. Con el fallecimiento de esa generación, “la profecía partió de Israel”.

Sin embargo, el principio que “Di-s se comunica con la humanidad a través de la profecía” permanece un fundamento de la fe judía. Una forma menos de profecía, conocida como Ruaj Hakodesh (Inspiración Divina), permanece la provincia de los Tzadikim, los hombres y mujeres justos de todas las generaciones. De acuerdo a la tradición, uno de los profetas más grandes, Eliahu, nunca murió, y anunciará la llegada del Mashiaj. El Mashiaj mismo es un profeta, y en la era mesiánica, la profecía se convertirá en un fenómeno universal, en las palabras del profeta Joel, “Y sucederá que volcaré Mi espíritu sobre toda carne, y tus hijos e hijas profetizarán; tus mayores soñarán, tus hombres jóvenes verán visiones”. Y en una carta para los judíos de Yemen, Maimónides cuenta una tradición antigua que “poco después de la era mesiánica, la profecía volverá al pueblo judío”.

Por Mendy Hecht

Los misterios de combinar lana y lino

De todas las leyes y costumbres milenarias de los judíos, una de las más misteriosas es la ley que prohíbe el Shaatnez. La mayoría de los judíos probablemente nunca escuchó de ella antes. Algunos quizá sí, pero no saben lo qué es. Incluso algunos que son muy escrupulosos en seguir las leyes de Kasher, pueden no preocuparse tanto con el Shaatnez. La realidad es que ambos son de igual importancia en la lista de los 613 preceptos de la Torá.

¿Qué es Shaatnez?

La prohibición de Shaatnez se encuentra en Deuteronomio 22:11 y en Levítico 19:19 e implica la prohibición bíblica de vestir un atuendo que esté hecho con lana y lino juntos. Vestir una prenda que es de lino y otra que es de lana a la vez, está permitido, así como la combinación de otros materiales no crean Shaatnez.

La referencia a la lana se refiere a lana de oveja o cordero. No se refiere a lana de camello, mohair, angora, cashmere, alpaca o vicuña. La referencia bíblica al lino se aplica sólo a fibras de la planta de lino, no al cáñamo o al yute. Sin embargo, fibras procesadas pueden contener Shaatnez.

La prohibición también incluye cualquier combinación de lana con lino sin importar si ambos están combinados en una prenda o en piezas separadas de la misma prenda. 

Incluso un traje que es 100% sintético, puede contener Shaatnez. Una etiqueta que establece que la prenda es de 100% algodón, puede contener un 2% de algún otro material. Además, la etiqueta se refiere a la fábrica, no a todos los hilos o materiales de relleno o de ajuste. De acuerdo a los expertos en esta área, Shaatnez ocurre con más frecuencia en vestimentas europeas que en vestimentas hechas en Estados Unidos o Canadá.

La prohibición se aplica a trajes, sacos, vestidos, pantalones, y a cualquier vestimenta incluyendo medias, pijamas, guantes y corbatas. También está prohibido vestir una prenda cuya parte ornamental, como ser una borla, contenga Shaatnez. 

Sin embargo, está permitido probarse una prenda en el negocio sin saber si contiene Shaatnez o no. Si la etiqueta especifica claramente que la prenda incluye lana y lino, entonces está prohibido.

¿Por qué tal ley?

La ley que prohíbe Shaatnez, cae en la categoría de lo que se conoce como Jok  (decreto), una ley que no puede ser explicada. Sin embargo, se sugieren varias razones. La explicación que da Maimónides es que a los sacerdotes paganos se les exigía vestir prendas hechas de lino con lana. 

La prohibición pudo haberse establecido para separar a los judíos de las prácticas paganas. Es interesante notar, no obstante, que las prendas de los sacerdotes en el Templo estaban exentas de dicha prohibición, trayendo así una explicación alternativa de que la prohibición fue designada para separar la práctica sacerdotal de la pública.

Otra explicación más colorida es que Abel trajo como ofrenda lana (una oveja), mientras que Caín trajo semillas. La mezcla fue letal, y Abel perdió su vida.

Una explicación más esotérica es que todo tiene su propia fuerza espiritual. Al mezclar ciertos artículos juntos, esas fuerzas están en peligro, y no pueden cumplir con su tarea asignada.

Los verificadores de Shaatnez de hoy en día.

De dos versículos de la Torá, y un agregado de complejidades de la elaboración de prendas modernas, ha surgido un servicio internacional de chequeo de Shaatnez.

Siendo que no se puede confiar en las etiquetas de las prendas, debe de haber otra manera para determinar si una prenda contiene Shaatnez o no. La respuesta es que se toma una muestra, y se lleva a revisar a un laboratorio de Shaatnez. Esta gente está entrenada para tomar muestras de la prenda sin dañarla, y mandarlas a laboratorios especiales. En el laboratorio, se examina si la prenda contiene Shaatnez con un microscopio para identificar las fibras.

No hay duda en que en fábricas conocidas por su uso del sintético, la cuestión del Shaatnez no es tan prominente como lo era antes. Sin embargo, el tema sigue surgiendo, especialmente siendo que varias vestimentas son confeccionadas en varias partes del mundo y en algunos casos con partes de una vestimenta que se manufactura en un país y se vende en otro. Por lo tanto, es difícil para el consumidor saber todo lo que contiene la prenda. También varias telas están siendo desarrolladas y nuevas combinaciones.

Considerando estos nuevos avances, los verificadores de Shaatnez en América y sus contactos en otros países tienen una red informal que mandan mensajes de alerta cuando se descubren nuevas cosas. Todo esto es parte del vibrante sistema de apoyo que se ha ido desarrollando alrededor de esta  misteriosa y milenaria prohibición.

El judaísmo y la donación de órganos


Ell Judaísmo considera la vida sagrada. Por esta razón, donando un órgano para salvar una vida es el acto más alto de virtud. Pero a veces, precisamente porque la vida es sagrada, la donación de órganos es problemática.

La ley judía distingue entre órganos donados durante la vida y donación del órgano después de la muerte. Mientras se está vivo, donar un órgano sin el que se puede vivir, como un riñón, o médula ósea o sangre para salvar o mejorar otra vida es uno de los más grandes actos que se podría realizar.

En la teoría, lo mismo debe aplicarse a los órganos donados después de la muerte. Siendo que salvar vidas está por encima de casi todo, la oportunidad de hacerlo después de la muerte no sólo debería ser aceptable sino incluso obligatorio.

Pero en la práctica, esto presenta una preocupación mucho más seria. Para ser utilizable en un trasplante, la mayoría de los órganos tienen que ser quitados mientras el corazón todavía está latiendo. Pero la ley judía mantiene que si el corazón todavía funciona, la persona está viva. El momento de muerte se define cuando el corazón se detiene. Así que quitar los órganos de un paciente declarado con muerte cerebral mientras el corazón todavía está latiendo, es equivalente al homicidio.

Mientras el mundo médico y legal ha aceptado la muerte cerebral como una nueva definición de muerte, la inmensa mayoría de expertos en la ley judía no. Manosear la definición de muerte es empezar un camino que puede llevar a problemas éticos mayores. Esta es una pregunta de vida y muerte. Necesitamos de una sabiduría más elevada para guiarnos. No quisiera tener que decidir lo que es correcto o incorrecto basado en mi propia opinión subjetiva y sentimientos.

Agradezco a Di‐s que tenemos la Torá para darnos claridad en estos difíciles problemas

¿Se permite la poligamia hoy en día ?

A pesar que la Torá no prohíbe la poligamia, hace unos 1000 años, un gran rabino Alemán, Rabí Gershom “La Luz de la Diáspora”, prohibió la poligamia. Esta prohibición fue aceptada como ley por todos los judíos Ashkenazies pero nunca fue reconocida por las comunidades Sefaraditas. 

(De hecho, hace medio siglo, cuando los judíos Yemenitas emigraron a Israel, muchos de ellos tenían más de una esposa. sin embargo, la poligamia hoy en día es casi nula, ya que la mayoría de los judíos sefaraditas viven en sociedades en donde la poligamia no es socialmente o legalmente aceptable). 

Diferentes razones para esta prohibición: 

Algunos explican que esta prohibición fue instituida para prevenir que la gente se aproveche de sus esposas. Otros agregan, que tal vez a Rabí Gershom le preocupaba que el marido no pudiera darle propiedades a todas sus esposas; o con el fin de no casarse con otra esposa en otro lugar que podría traer relaciones prohibidas entre sus descendientes, o quizá porque quiso prevenir la rivalidad inherente, las peleas y el “odio” entre las esposas que podría traer un número de violaciones. 

Rabí Yaakov Emden sugiere que fue adoptado por las prácticas cristianas y leyes para evitar que los cristianos ataquen a los judíos que actúan diferente, pero este argumento ha sido contrarrestado por varias autoridades Halájicas.

Por Rabí Naftali Silberberg 

¿Cómo debería funcionar la Justicia?

La Torá nos advierte sobre una serie de “Prohibiciones para el Juez”que de ser cumplidas harían de este, un mundo mucho más justo…

· DE TERGIVERSAR EL JUICIO (“AVEL BADIN LASHOFET”) 

Es la advertencia con la cual se previno al juez’ de no cometer engaño en el juicio1. Es lo que El dijo2: No hagáis engaño en el juicio. El concepto de este precepto negativo es que no contravenga los lineamientos que trazó la Torá en la condena de una cosa o en la absolución de ella4.

(1) Ver Mitzvá Asé 176. (2) 0 sea, pervertir o retrasar la justicia, o interpretar la Torá de manera diferente a su sentido verdadero. (3) Levítico ~ Kedoshim” 19:15. (4) Es decir, absolver al culpable o sentenciar al inocente (Mishné Taré, Leyes del Sanhedrín, Cap. 20, Ley 6).

El juez no sólo es responsable de la convivencia pacífica entre los hombres que conforman la sociedad, sino que su actuación afecta y repercute en las más altas esferas de la espiritualidad. Tal es así, que nuestros Sabios no han tenido reparos en decir que ‘un juez que administra justicia con total honestidad hace que la Presencia Divina more en el seno del pueblo de Israel, en tanto que el que no lo hace ocasiona que Di-s lo abandone’. Deberá verse siempre como si una espada pendiera sobre su cabeza y las puertas del infierno estuvieran abiertas bajo sus pies. Y si toma injustamente los bienes de uno y los entrega a otro, obliga a Di-s Mismo a restituirlos a su legítimo dueño, de modo que su proceder ha constituido una acto de injusticia ante Di-s (Talmud, Sanhedrín 7a).

· DE ACEPTAR SOBORNO (“SHOJAD LASHOFET”) 

Es la advertencia con la cual se previno al juez de no tomar soborno de los litigantes, incluso para juzgar con equidad.

Es lo que Él dijo’: Y soborno no tomarás. El precepto negativo en este sentido ya fue repetido2 (en la Torá). Y en el Sifrí (se dijo): “No tomarás soborno — incluso para eximir al inocente y condenar al culpable”.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en varios lugares (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín.

(1) Éxodo “Mishpatim” 23:8. (2) Deuteronomio ~ Shoftim” 16:19.

El juez que acepta soborno no tiene posibilidad de hacer enmienda perfecta cuando se arrepienta de su pecado, pues no conoce el alcance de la injusticia ni el de sus consecuencias; además, estimula al litigante que lo soborna y lo hace pecar Mishné Torá, Leyes del Arrepentimiento, Cap. 4, Ley 5). El que hace entrega de soborno, a su vez, transgrede Mitzvá Lo Taasé 299 (Ibíd, Leyes del Sanhedrín, Cap. 23, Ley 2).

Mitzvot Lo Taasé — Preceptos Negativos (274-276) 375

· DE FAVORECER EN ESPECIAL A UNO DE LOS LITIGANTES (“NESIAT PANIN LASHOFET”)

Es la advertencia con la cual se previno al juez de no favorecer en el juicio a uno de los litigantes, incluso si se trataba de una persona muy honrosa y de alto rango. Que el juez no lo honre si vino al juicio junto a su litigante, y que no muestre que lo enaltece y honra.

Es lo que Él, exaltado sea, dijo’: Y no favorezcas al grande. En el Sifrá (dijeron): “Que no digas: este es rico, este es hijo de grandes, ¿cómo he de avergonzarlo y ver su bochorno?’ y cuánto más (entonces) que (se cuida y) no lo (lleva él mismo a) vergüenza. Por eso fue dicho: No favorezcas al grande”.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en varios lugares de (los Tratados Talmúdicos de) Sanhedrín y Shevuot2.

(1> Levítico “Kedoshim” 19:15), (2> Pág. 30a).

¿Cuál es el plano de igualdad que debe tener presente el juez según lo exige la ley judía? Al respecto es muy clara la Mishná (Avot l:8 )

“Cuando los litigantes están parados frente a ti, considera a ambos como culpables; mas cuando partan de ti, habiendo aceptado la sentencia, considera a ambos como inocentes”.

· DE DEJARSE AMEDRENTAR EN UN JUICIO (“LO TAGURU”)

Es la advertencia con la cual se previno al juez’ de no temer a un hombre dañino, insolente y de mal carácter, hasta que (por ello) no dictamine sobre él un veredicto justo. En cambio, debe dictaminar y no ha de tomar en cuenta qué daños puedan ocurrirle de aquella persona.

Dijo Él, exaltado sea2: No temáis ante (ningún) hombre.

Dice el Sifrá: “No temáis ante (ningún) hombre —quizás has de decir: ‘Temo a fulano, no sea que mate a mi hijo, incendie mi parva, corte mis plantíos’ —para enseñarnos (que está prohibido) fue dicho: No temáis ante (ningún) hombre”.

(1) Un juez nominado sobre la comunidad. Si no es un juez público, y ve que una de las parte es dura y dañina, puede negarse a juzgar antes de escuchar sus argumentos, o incluso luego si no tiene en claro a quién beneficia el dictamen. Silo tiene claro, está obligado a emitir su opinión, incluso si no es un juez nominado sobre la comunidad (Mishné Taré, Leyes del Sanhedrín, Cap. 22, Ley 1). (2) Deuteronomio “Devarim” 1:17.

· DE APIADARSE DEL POBRE EN SU JUICIO (“JEMLAT HADAL LASHOFET”) 

Es la advertencia con la cual se previno al juez de no apiadarse del desdichado durante el juicio, de modo que, por piedad, le dispense lo que no le corresponde. En cambio, debe imponer igualdad entre el rico y el pobre y menesteroso, y lo obligará a pagar lo ~ que sobre él ha de imponerse.

Es lo que Él dijo: Y al pobre no favorezcas en su litigio. Ya repitió (en la Torá) el precepto negativo en este sentido con otra expresión, y dijo2: No muestres consideración especial hacia el pobre. En expresión del Sifrí:

“Que no digas: ‘Este es pobre; puesto que yo y este rico estamos obligados a mantenerlo, lo privilegiaré, resultando que se mantiene con decoro’. Para enseñarnos (que ello está prohibido) fue dicho: Y al pobre no favorezcas en su litigio”.

(1) Éxodo ~ Mishpatim” 23:3. (2) Levítico ~ Kedoshim” 19:15.

Aquel que muestra piedad cuando se requiere firmeza, terminará siendo cruel cuando se requiere misericordia (Kohelet Rabá 7:33).

· DE TORCER EL JUICIO EN CONTRA DE UN PECADOR (“IVUT DIN HARASHA LASHOFET”) 

Es la advertencia con la cual se previno al juez de no torcer (premeditadamente) el juicio en contra de uno de los litigantes porque sabe que es un hombre perverso y pecador.

Él, exaltado sea, advirtió respecto de castigarlo con la tergiversación del juicio, y es lo que Él, exaltado sea, dijo: No tuerzas el juicio de tu pobre, en su litigio.

Dice el Mejilta: “(Si) un malvado y un (hombre) honesto están parados delante de ti para el juicio, que no digas: ‘Dado que aquél es malvado, torceré el juicio en su contra’ — para enseñarnos (que ello está prohibido) fue dicho: No tuerzas el juicio de tu pobre en su litigio; (con) ‘pobre’ (se pretende que) es él en (el cumplimiento de) los preceptos. Es decir: a pesar de que él es pobre en Mitzvot — no tuerzas su juicio.

(1) Éxodo “Mishpatim” 23:6. (2) Razón por la cual, tácitamente, miente; mientras que su interlocutor, tácitamente, no adultera sus palabras (Mishné Torá, Leyes del Sanhedrín, Cap. 20, Ley 5).

· DE SER COMPASIVO CON CIERTOS DELINCUENTES (“RAJMANUT AL MAZIK LASHOFET”) 

Es la advertencia con la cual se previno al juez de no conmiserarse de quien mató a su compañero o lo disminuyó en uno de sus miembros —es decir, con el pago de las multas (1)—. Que no diga: ‘Este es pobre, y segó la mano de aquél o le hizo perder su ojo sin intención’, y se apiade y se compadezca de él en el pago íntegro de los montos de su daño.

Es lo que Él, exaltado sea, dijo (2) respecto de esto: No conmiseres tus ojos. Vida por vida, ojo por ojo’, diente por diente, mano por mano, pie por pie.

El Precepto Negativo en este sentido ha sido repetido ya (en la Torá), y dijo (4) El: No conmiseres tu ojo (por él) y erradicarás de Israel (a quien vertió) la sangre inocente.

(1) Ver Mitzvá Asé 236. (2> Deuteronomio ~ Shoftim 19:21). (3) En el Talmud se explica que ‘ojo por ojo, etc.’ no significa quitar el ojo al que ocasionó el daño —como entendieron los Caraítas— sino la compensación monetaria —multa— equivalente al daño. Ver Mitzvá Asé 236, Nota 4. (4> Deuteronomio “Shoftim” 19:13).